Condenado a 9 meses de cárcel por maltratar a su expareja en Mairena del Alcor

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a un individuo por un delito de maltrato de obra contra su expareja, ocurrido en Mairena del Alcor. El alto tribunal desestima así su recurso de apelación y ratifica la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla en abril de 2024.

Los hechos se remontan a agosto de 2019. Según recoge la sentencia, este individuo y la víctima, comenzaron una relación sentimental mientras trabajaban en un restaurante del municipio. Al poco de iniciar la convivencia, surgieron enfrentamientos. El 31 de agosto, tras una jornada laboral, el individuo sujetó a su pareja por los brazos e intentó sacarla del coche, causándole hematomas que tardaron hasta cuatro días en curar.

Por este hecho, el tribunal lo condena como autor de un delito de maltrato de obra del artículo 153 del Código Penal. La pena impuesta es de nueve meses de prisión, además de la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante ese mismo tiempo. También se le prohíbe acercarse a menos de 200 metros de la víctima o comunicarse con ella por un periodo de dos años.

Sin embargo, la Sala lo absuelve de otros delitos más graves. En concreto, del delito de agresión sexual, del de maltrato habitual y del de amenazas. El fallo recoge que no ha quedado probado que el sujeto insultara reiteradamente a su pareja, que la amenazara con matarla o que la agrediera sexualmente durante la noche del 1 de septiembre de 2019, como sostenían las acusaciones.

El TSJA considera que no existe prueba suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia en esos tres delitos. Por tanto, mantiene la absolución con todos los pronunciamientos favorables.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio